Bases


BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA REALIZAR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN EL CURSO 2023-2024

PRIMERA.- OBJETO

La presente convocatoria persigue dar cumplimiento a las finalidades de ayudas para estudios universitarios, en relación con estudiantes aventajados y necesitados, al amparo de los artículos 6 y 10 de los Estatutos de la Fundación Automáticos Tineo para el Fomento de la Cultura.

Las ayudas para el presente curso académico serán de un importe máximo conjunto de 8.000,00 euros, que se adjudicarán a un máximo de ocho perceptores, como ayuda total o parcial para sufragar el exclusivo concepto de matrícula de las enseñanzas que se cursen en la Universidad de Oviedo, o bien en otra Universidad en caso de que aquella no oferte las enseñanzas o se justifiquen razones objetivas por el aspirante de asistencia a tal centro.


SEGUNDA.- REQUISITOS Y CONDICIONES

2.1.- Requisitos de los solicitantes, que deben ser cumplidos al tiempo de finalizar la presentación de solicitudes:

      a) Ser mayor de 16 años y no exceder los 25.

      b) Ser vecino y/o nacido en el concejo de Tineo y cuyos progenitores vivos residan en el concejo,
           o al menos que el aspirante sea residente en el concejo durante los últimos tres años.

2.2.- Haber cursado con positivo aprovechamiento y calificaciones, a juicio del Patronato, los dos cursos inmediatamente anteriores al inicio de enseñanzas universitarias (o de proseguir las iniciadas).

2.3.- Asimismo, se declarará la intención de cursar enseñanzas en centros Universitarios en el curso 2023-2024 o de proseguir en la misma los ya iniciados.


TERCERO.- TRAMITACIÓN

3.1.- La solicitud según modelo adjunto, y debidamente firmada por el solicitante, irá acompañada preceptivamente de los siguientes documentos:

      a) Copia del DNI o NIF del solicitante.

      b) Última declaración de la renta de la unidad familiar, en caso de declaraciones individuales de
           los dos progenitores habrán de enviarse ambas.

      c) Exposición personal e informal, de las razones o circunstancias (sociales, económicas, familiares o de
          cualquier otra índole) por las que considera que tiene necesidad de la beca y por las que entiende a su
          propio juicio, que debería priorizársele en la adjudicación de la beca en su favor. Se  extenderá
          mediante escrito de ordenador a doble espacio, pero sin exceder de un folio por una cara.

      d) Certificación académica de los dos últimos años educativos de Bachillerato o equivalente del
          curso de estudios preuniversitarios, o en caso de solicitarse beca para continuar estudios
          universitarios, del expediente académico universitario completo.

      e) Se acompañará igualmente la estimación orientativa de los costes de la matrícula para el
          curso académico al que se solicita la beca o ayuda y número de créditos orientativo.


NOTA IMPORTANTE: TODOS LOS ARCHIVOS ENVIADOS HABRÁN DE UTILIZAR EL FORMATO PDF.


Facultativamente podrán indicarse otros méritos formativos o educativos relevantes (idiomas, informática, premios, etc...), así como circunstancias que a su juicio deben ponderarse para otorgarle la ayuda.

Ello sin perjuicio de que pueda la Comisión de Valoración de la Fundación recabar justificación complementaria.  De constatarse la falsedad de lo vertido en la memoria quedarán sin efecto las ayudas que pudieren concederse sin perjuicio de las acciones de reintegro que procedan, entre otras.

3.2.- Las solicitudes serán examinadas por el Director de la Fundación quien concederá un plazo de diez días para subsanar o aclarar deficiencias de las mismas. Transcurrido ese plazo se elevarán al Patronato con informe o propuesta de criterios del Director para su resolución final por el mismo.


CUARTO.- CRITERIOS DE CONCESIÓN

4.1.- Para la concesión de ayudas y becas y para la dotación económica de estudios y trabajos relacionados con los fines fundacionales se tendrán en cuenta las tres vertientes marcadas por los Estatutos:

      a) La formación e inquietudes intelectuales y formativas, u orientación académica pretendida.

      b) Las necesidades económicas de los aspirantes.

      c) La intensidad de su vinculación personal o familiar al concejo de Tineo.

4.2.- Con carácter inmediatamente anterior al análisis de los méritos o circunstancias de los aspirantes que lo hayan solicitado, el Patronato fijará una puntuación total máxima y la desglosará en su aplicación a cada solicitud según un baremo del siguiente tenor:

      a) Tendrá en consideración el peso del máximo del 40% según la capacidad educativa demostrada en los
          dos cursos previos a la incorporación a estudios universitarios (bachillerato) o estudios equivalentes
          preuniversitarios, o universitarios.

      b) Tomará en consideración las necesidades económicas de los aspirantes, según sus medios y los costes
          de cursar los estudios apetecidos, hasta el 30%.

      c) Tomará en consideración la intensidad o específica vinculación personal o familiar al Concejo de Tineo,
          hasta el 20%.

      d) El 10% restante será el que considere oportuno el Patronato en atención a otras circunstancias
          objetivas que se deriven de la documentación aportada, o bien subjetivamente cualificadas (orfandad,
          minusvalía o análoga).

4.3.- En todo caso, el Patronato velará por promover la variedad y equilibrio de titulaciones y/o área de conocimientos beneficiarias de las becas y adoptará motivadamente con amplitud de criterio las decisiones oportunas. El máximo de ayuda por beneficiario será de 2.000,00 euros, atendiendo a criterios de proporcionalidad y racionalidad, según el número de créditos de los que quiera matricularse, si se trata de primera o ulterior  matrícula, necesidades de solicitantes y disponibilidades presupuestarias.

Asimismo, la Fundación podrá otorgar con el carácter de bolsa de colaboración en pago único hasta cuatro ayudas adicionales de 350 euros por becario en los casos en que motivadamente se aprecien razones para su concesión.

4.4.- El Patronato aprobará una relación final de adjudicatarios de las becas sin que en ningún caso pueda el total superar el monto total de la ayuda destinada a la presente convocatoria. Tal relación se efectuará por orden de prelación y el Patronato podrá efectuar adjudicaciones de pago único, trimestrales o tras ultimar los estudios. El Director de la Fundación efectuará la aplicación y adjudicación de las becas hasta agotar el presupuesto destinado a tal fin en la convocatoria, considerando prioridades y la lista de reserva para posibles renuncias.

4.5.- El Patronato podrá tomar en cuenta los adjudicatarios de becas de cada ejercicio para, acreditado el aprovechamiento y el mantenimiento de los requisitos, disponer la prórroga de la misma para cursos futuros en las condiciones que aquél disponga.


QUINTO.- CALENDARIO

5.1.- El plazo de solicitud de becas comprenderá desde el 15 de Julio de 2023 hasta el 15 de Septiembre de 2023.

Las solicitudes podrán formularse preferentemente por correo electrónico dirigido a becas@fundacionautomaticostineo.com acompañando en archivo adjunto la documentación requerida.

El acuse de recibo de las solicitudes se efectuará por correo electrónico, en caso de no recibirse este acuse de recibo en el plazo de 72 horas, reenviar de nuevo o ponerse en contacto telefónico con la Fundación. También podrá remitirse por correo certificado a la siguiente dirección:

Fundación Automáticos Tineo para el Fomento de la Cultura
C/Principal s/n, Polígono Industrial de San Claudio
33191 San Claudio Oviedo

5.2.- La resolución de adjudicación de las becas se hará pública en a lo largo del mes de Octubre de 2023, a través de la web de la Fundación y/o de los tablones edictales del Ayuntamiento de Tineo. Podrá obtenerse información en los siguientes teléfonos: 985233046 y 616922414.

La Fundación valorará la ocasión de realizar un acto solemne en cuyo curso proclamará los premiados, que se anunciará desde la web: www.fundacionautomaticostineo.com.


SEXTO.- EXTINCIÓN

Las becas se revocarán con su ineficacia:

      a) Si se incumplieran los fines a que se vinculan, esto es, a cursar estudios Universitarios, con el
          consiguiente deber de reintegro.

      b) Si tuviere lugar un súbito enriquecimiento o acceso a rendimientos superiores al doble del
          salario mínimo interprofesional durante el disfrute de la beca.


SÉPTIMO.- INTERPRETACIÓN

Corresponderá al Director de la Fundación dictar cuantos actos sean precisos para ejecutar la presente convocatoria, incluida la interpretación de las presentes bases velando por la simplicidad y efectividad de su finalidad.